Uruguay es uno de los países más interesantes para el desarrollo de actividades internacionales, en particular para la gestión de las participaciones sociales fuera de su territorio.
DESTACAMOS 3 DE LAS PRINCIPALES VENTAJAS PARA EMPRESAS HOLDING EN URUGUAY:
1. Régimen Fiscal: Las Sociedades Holding uruguayas se benefician del régimen fiscal de renta territorial. En efecto, estas sociedades, no sólo no tributan por la renta de fuente extranjera obtenida por la holding, sino que tampoco tributan las rentas que ésta distribuye a su socio no residente.
2. Acceso a Convenios para evitar la Doble Imposición: La sociedad holding tiene acceso a la red de convenios firmados por Uruguay en condiciones idénticas a cualquier otra sociedad uruguaya.
3. Existen también beneficios adicionales para el caso de que la compañía holding se encuentre instalada en una de las Zonas Francas del Uruguay.
(*) A partir del año 2023, cuando una entidad uruguaya sujeto pasivo del IRAE forme un Grupo
Multinacional (con 1 o más entidades vinculadas no residentes) estarán gravadas sus rentas de
fuente extranjera provenientes de participaciones patrimoniales en otras entidades no
residentes, salvo que la sociedad sea considerada una “entidad calificada”, lo cual implica
básicamente que exista en el país una adecuada sustancia económica para los activos que
mantiene y administra.
Descargue nuestro informe enhttps://gardien.es/asesoramiento/
Conozca éstas y otras ventajas sobre el régimen aplicable a una SAS constituida en el Uruguay destinada a la actividad holding.